PLAN OBLIGATORIO DE SALUD
REGIMEN PARA CONTRIBUYENTES, SUBSIDIADOS Y
BENEFICIARIOS
YULIANA PATRICIA TUBERQUIA
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
“SENA”
REGÍONAL ANTIOQUIA
COMPLEJO TECNOLOGICO AGROINDUSTRIAL, PECUARIO Y TURISTICO
PROGRAMA TECNICO EN SERVICIO FARMACEUTICO
ID: 629362
COMPETENCIA EN PRIMEROS AUXILIOS
apartado-Antioquia
Septiembre-05-2014
PLAN OBLIGATORIO DE SALUD
REGIMEN PARA CONTRIBUYENTES, SUBSIDIADOS Y
BENEFICIARIOS
YULIANA PATRICIA TUBERQUIA
Tutor: JORGE BALBERO OSORIO
Enfermero-Biólogo
Trabajo como requisito para optar a una nota
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
“SENA”
REGÍONAL ANTIOQUIA
COMPLEJO TECNOLOGICO AGROINDUSTRIAL, PECUARIO Y TURISTICO
PROGRAMA TECNICO EN SERVICIO FARMACEUTICO
ID: 629362
COMPETENCIA EN PRIMEROS AUXILIOS
apartado-Antioquia
Septiembre-05-2014
Plan obligatorio de salud (POS)
Es el conjunto de atención en
salud en Colombia, a los que tiene derecho un usuario, cuya finalidad es la
protección de la salud, la prevención y curación de enfermedades, el suministro
de medicamentos para el afiliado y su grupo familiar y esta complementado con
el reconocimiento de prestaciones
económicas en caso de incapacidad por enfermedad general y licencia de maternidad
Régimen para contribuyentes y beneficiarios
en el país fue creado por medio de la Ley 100 de 1993 del
Congreso de Colombia,
como: un conjunto de normas que rigen
la vinculación de los individuos y las familias al sistema general de seguridad
social en salud, cuando tal vinculación se hace a través del pago de una
cotización, individual y familiar, o un aporte económico previo financiado
directamente por el afiliado o en concurrencia entre éste y su empleador.
En el sistema de salud colombiano, las personas con capacidad de pago deben
estar afiliadas a una EPS y pagar periódicamente por el servicio de salud que
estas presten. Las personas son atendidas por personal médico en instituciones
prestadores de salud (IPS), que son los centros
asistenciales, y estos hacen los cobros de sus servicios brindados a las EPS.
Son beneficiarios del Régimen Contributivo del
Seguro Familiar de Salud:
El trabajador afiliado;
El pensionado del Régimen
Contributivo, independientemente de su edad y estado de salud;
El cónyuge del afiliado y del
pensionado o, a falta de éste el compañero de vida con quien haya mantenido una
vida marital durante los tres años anteriores a su inscripción, o haya
procreado hijos, siempre que ambos no tengan impedimento legal para el
matrimonio;
Los hijos menores de 18 años
del afiliado;
Los hijos del afiliado, hasta
21 años cuando sean estudiantes;
Los hijos discapacitados,
independientemente de su edad, que dependan del afiliado o del pensionado.
Derechos de los afiliados al SGSSS
Obtener una segunda opinión sobre su tratamiento o diagnóstico.
Solicitar un resumen escrito de su diagnóstico, pronóstico, plan de
tratamiento y cuidados recibidos.
Acceder a las actividades, procedimientos, intervenciones, insumos y
medicamentos no incluidos en el plan de beneficios y que sean requeridos con
necesidad según procedimiento establecido
Acceder a las pruebas y exámenes diagnósticos indispensables para
determinar si requiere o no un servicio de salud.
Recibir la atención de urgencias que sea requerida con la oportunidad
que su condición amerite sin que sea exigible documento o cancelación de pago
previo alguno, ni sea obligatoria la atención en una institución prestadora de
servicios de salud de la red definida por la entidad promotora de salud.
Recibir durante todo el proceso de la enfermedad la mejor asistencia posible
respetando los deseos del paciente incluso en caso de enfermedad irreversible.
Recibir un trato digno en el acceso a servicios de salud que respete sus
creencias y costumbres su intimidad así como las opiniones personales que tenga
sin recibir trato discriminatorio Ser respetado en su voluntad de aceptar o
rehusar la donación de sus órganos para que estos sean trasplantados a otros
enfermos.
Morir con dignidad y respeto de su voluntad de permitir que el proceso
de la muerte siga su curso natural en la fase terminal de su enfermedad.
Deberes
de los afiliados al SGSSS
Propender por su autocuidado, el de su familia y el de su comunidad.
Atender oportunamente las recomendaciones formuladas por el personal de
salud y las recibidas en los programas de promoción de la salud y prevención de
la enfermedad.
Actuar de manera solidaria ante las situaciones que pongan en peligro la
vida o la salud de las personas.
Respetar al personal responsable de la prestación y administración de
los servicios de salud.
Cumplir las normas del sistema de salud.
Actuar de buena fe frente al sistema de salud.
Asistir de manera oportuna a las citas y servicios solicitados con su
documento de identidad y las autorizaciones necesarias; cumplir las normas e
instrucciones de quienes le prestan el servicio y atención en salud.
Régimen
para subsidiados y beneficiarios
Es aquel en que se encuentran las personas sin capacidad
de cotizar al Sistema por lo cual el Estado les proporciona los medios para su
afiliación mediante los subsidios a la demanda.
Son beneficiarios del régimen subsidiado
Es beneficiario del régimen subsidiado toda
persona pobre y vulnerable del territorio nacional identificada, en los niveles 1 y 2 de
pobreza por el SISBEN y por el Listado Censal,
que no tienen capacidad de cotizar al régimen contributivo y en consecuencia, reciben un subsidio total o
parcial del Estado, para completar el valor
de la unidad de pago por capitación del régimen
subsidiario.
Como afiliado al Régimen Subsidiado de Salud usted
tiene derecho a:
Que le presten los servicios
de salud de atención básica en la localidad donde vive.
Recibir todos los medicamentos
inmediatamente después de que finalice la consulta.
Recibir atención de urgencia
de manera inmediata.
Que le asignen las citas de
medicina general y odontología dentro de los dos días siguientes a que las
solicite.
Recibir toda la atención no
incluida en el Plan Obligatorio de Salud Subsidiado (POS-S), en las Empresas
Sociales del Estado, sin que tenga que solicitar autorización escrita.
Recibir educación para el
cuidado de su salud y la de su familia.
Recibir atención oportuna y
así evitar complicaciones o consecuencias graves.
Presentar sugerencias verbales
o escritas, en las asociaciones de usuarios para lograr que los servicios
contenidos en el POS-S se presten con calidad.
Participar en la Asociación de
Usuarios que tenga la EPS-S.
Como afiliado al Régimen Subsidiado de Salud sus
deberes son:
Usar los servicios de salud
cuando realmente lo necesite.
Participar en todas las
actividades de salud que promueva la EPS-S.
Procurar porque en el hogar,
trabajo, durante la recreación y demás actividades, en el medio ambiente sea
saludable.
Cumplir las citas y las
indicaciones que le haga el personal de salud de la IPS donde recibe los
servicios.
Reclamar el carné de afiliación
a la EPS-S.
Solicite SIEMPRE, los
servicios de salud en la IPS que seleccionó como puerta de entrada a excepción
de las urgencias, caso en el cual puede solicitarlos en la institución más
cercana.
Afiliar a todos los familiares
que aparecen en la encuesta del SISBEN con el puntaje requerido y mantener
actualizados sus datos.
Suministrar información veraz,
clara y completa sobre su núcleo familiar en aspectos relacionados con salud.
Avisar a la EPS-S y a la SDS
cuando deje de vivir en Bogotá, o si va a pasar al Régimen Contributivo.
Informar las novedades
relacionadas con nacimientos y fallecimientos.
Respetar al personal de salud
que lo atienda
¿Qué se debe tener en cuenta
para afiliarse?
Como beneficiario de este régimen, usted debe afiliarse
a una Empresa Promotora de Salud Subsidiada (EPS-S) y para hacerlo debe estar
atento a las convocatorias que realiza la Secretaria Distrital de Salud, para
que los beneficiarios de los subsidios, puedan gozar de los servicios de
salud en una EPS-S.
¿Cómo afiliarse al Régimen Subsidiado?
Para afiliarse al REGIMEN SUBSIDIADO DE SALUD debe
tener aplicada la encuesta SISBEN que quiere decir: Sistema de Selección de
Beneficiarios y permite establecer en qué nivel se encuentra. Esta encuesta es
la puerta de entrada a los programas sociales que ofrece el Estado para las
personas con más necesidades. Dentro de esos programas esta la salud a través
del Régimen Subsidiado de Salud, que le permite contar con los servicios
ofrecidos en el Plan Obligatorio de Salud Subsidiado (POS-S).
Pueden afiliarse a este Régimen las personas que
hacen parte de grupos especiales como: desmovilizados, indígenas, habitantes de
la calle, niños en protección y desplazados.
¿Quiénes NO tienen derecho a los
Subsidios de Salud del Régimen Subsidiado?
No tienen derecho al régimen subsidiado las
personas que tengan vínculo laboral vigente, o quienes perciban ingresos o
renta suficientes para afiliarse al Régimen Contributivo, quienes estén
pensionados, o quienes como beneficiarios de otra persona estén afiliados al
Sistema General de Seguridad Social en Salud o a cualquiera de los regímenes de
excepción
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